Condena de la Corteidh al Estado colombiano
Sentencia histórica
Por Camilo Raigozo
Militares inmersos en crímenes de lesa humanidad no podran eludir a la justicia bajo ningún fuero militar especial, así se desmoralicen las tropas. La Justicia Penal Militar no tiene fuero para investigar y juzgar estos crímenes. Los militares condenados, en todo caso por la justicia civil, deben pagar sus condenas en cárceles civiles y no en hospitales o en guarniciones militares, advirtió la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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